Buenos días compañer@s LAJs y Opositores, desde el grupo del Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia he conocido la noticia de la puesta en marcha del " Sindicato para la Judicialización del Secretario Judicial" impulsado por Carlos Valiña, el cual tuvo a bien llamar a mi despacho hace casi un año para explicarme su propuesta.
Si bien, no formo parte de los 200 afiliad@s, me parece una propuesta interesante y digna de análisis detenido.
El objetivo del Sindicato, "
Conversión de los Secretarios en Jueces para dictar sentencias de la misma complejidad que en su día asumían los Jueces de Distrito, DOBLANDO LA PLANTA JUDICIAL.
De este modo se obtendrá una mejora completa del estatuto profesional de los actuales Secretarios Judiciales concretada en tres aspectos clave:
Incremento retributivo,
Independencia garantizada,
Dignidad correspondiente a un cuerpo superior del Estado.
Incremento retributivo,
Independencia garantizada,
Dignidad correspondiente a un cuerpo superior del Estado.
Para hacer posible esta judicialización se propone además:
Atribución al personal Funcionario de las tareas actualmente encomendadas a los Secretarios y de firma propia en los términos que marquen las leyes de procedimiento.
Derogación de todos los preceptos legales y reglamentarios que utilizan la denominación Letrados de la Administración de Justicia, reservando dicha nomenclatura a los Abogados que actúan ante los Tribunales en defensa de intereses públicos o privados.
Encomienda a los Procuradores de competencias muy amplias en la ejecución en todos los órdenes jurisdiccionales, sin perjuicio del control judicial de las cuestiones que establezca la ley.
Ahorro de recursos públicos de las diversas Administraciones Públicas con competencias en justicia, evitando el costo de la realización de obras o la creación continuada de nuevos juzgados, que el país no puede permitirse, lo que se conseguirá añadiendo al actual Secretario como un segundo Juez del mismo Juzgado y otorgando fe pública propia a todos los componentes de la administración de justicia, en las tareas a cada cual legalmente encomendadas."
Atribución al personal Funcionario de las tareas actualmente encomendadas a los Secretarios y de firma propia en los términos que marquen las leyes de procedimiento.
Derogación de todos los preceptos legales y reglamentarios que utilizan la denominación Letrados de la Administración de Justicia, reservando dicha nomenclatura a los Abogados que actúan ante los Tribunales en defensa de intereses públicos o privados.
Encomienda a los Procuradores de competencias muy amplias en la ejecución en todos los órdenes jurisdiccionales, sin perjuicio del control judicial de las cuestiones que establezca la ley.
Ahorro de recursos públicos de las diversas Administraciones Públicas con competencias en justicia, evitando el costo de la realización de obras o la creación continuada de nuevos juzgados, que el país no puede permitirse, lo que se conseguirá añadiendo al actual Secretario como un segundo Juez del mismo Juzgado y otorgando fe pública propia a todos los componentes de la administración de justicia, en las tareas a cada cual legalmente encomendadas."
REFLEXIONES.
En primer lugar por respeto al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, al que pertenece el Presidente del Sindicato, debería dejar de hacer alusión a los Secretarios Judiciales en el mismo nombre del sindicato. ( con la entrada en vigor de la reforma de la LOPJ 21-07-2015 se procedió al cambio de denominación dando respuesta a una demanda histórica del colectivo). La petición de derogación de la denominación, como mínimo debería incluir una alternativa para identificar a nuestro Cuerpo Superir Jurídico, por ejemplo, notario judicial o Juez Procesal.
En segundo lugar, la atribución a los funcionarios de las tareas actualmente encomendadas a los LAJ y de firma propia, para ello primero debería acreditarse la competencia y aptitud profesional previa ¿no? O ve Usted a un tramitador que le deja 20 expedientes con interrogación sobre su mesa la capacidad de minutar, impulsar y dirigir procesalmente ¿? No podemos olvidar la gran posibilidad reconocida al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (A2) de tras 2 años de ejercicio pueden acceder al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (A1) por promoción interna ( oposición con una importante reducción de temas). Este punto debe valorarse y con objetivos reales replantearse.
En tercer lugar, atribución de funciones a los Procuradores en ejecución, sin perjuicio del control judicial. En contra, es un despropósito procesal. Atribuir funciones directivas a la representación procesal de las partes desvirtuando completamente la función del procurador, ¿ qué será lo próximo, el procurador de la parte haciendo averiguaciones en el PNJ del contrario?
Y por último, el planteamiento del LAJ convertido como un segundo juez, y la división de la fe judicial como quien parte un melón. Los Letrados de la Adminisración de Justicia ya somos, sin necesidad de tener al Juez, Fiscal, funcionario o profesional a nuestro lado, y en el caso de producirse esa conversión, sería completa en Juez, no en un "segundo" Juez.
MI PROPUESTA.
Proponer y desarrollar para los Letrados de la Administración de Justicia (A1) un turno de promoción interna para el acceso a la Carrera Judicial y Fiscal (A1) tras dos años de ejercicio efectivo, con reducción de temario. (de la misma forma que se encuentra prevista para el Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa).


